miércoles, 14 de marzo de 2007

Jurados

Muchas gracias, Matías. Sólo me gustaría hacer una reflexión sobre los transplantes institucionales.
El Premio Nobel de Economía de 1993, Douglass North, ganó su premio por sus trabajos sobre el nacimiento, desarrollo y desaparición de las instituciones, y su vinculación con el crecimiento económico de un país.
Para North, institución es todo contrato, acuerdo, mecanismo, etc., destinado a agilizar o permitir los intercambios o la resolución de conflictos, de modo tal que sirva para definir derechos de propiedad o reducir costos de transacción.
Hablaba de instituciones formales e informales, concluyendo, en sus estudios históricos, que en general las instituciones nacieron informalmente, y su eficiencia las transformó en formales. Y que perduraron hasta que dejaron de ser eficientes, y entonces desaparecieron, siendo reemplazadas por otras mejores.
Esto es muy importante cuando uno piensa en transplantes legislativos. Argentina ha padecido mucho de esto, a veces con buenos resultados (la Constitución de 1853, para mi gusto, si bien no fue un transplante puro), y a veces con malos resultados.

En materia procesal penal esto es un símbolo. A fines del siglo XIX, Argentina copió una ley procesal española que establecía procedimientos escritos e inquisitivos, que había sido derogada y reemplazada en la propia España hacía más de diez años por un procedimiento oral y acusatorio. Sin embargo, porfiadamente mantuvimos estos procedimientos ´por más de un siglo.
Ahora queremos importar el juicio por jurados. Creo que es bueno recordar que el juicio por jurados tuvo su origen en el Assize de Clarendom, en 1185, cuando el rey de Inglaterra, consciente de que no tenía recursos para administar justicia por los crímenes cometidos en la campiña y los bosques de Inglaterra, decidió encomendar a los 12 vecinos más representativos de cada aldea, que resolvieran esas causas.
Evidentemente, en términos de North, fue un modo de establecer un mecanismo eficiente de resolver conflictos, definir derechos y disminuir costos de transacción. Es interesante recorar que en estos orígenes, los 12 jurados no eran elegidos al azar, sino que se debía escoger a los 12 vecinos más representativos.

Ahora bien, tratar de trasladar esta solución eficiente de hace más de 800 años, a la Argentina de hoy, no parece muy razonable. En primer lugar, porque esos doce vecinos resolvían en general homicidios, robos, estafas, etc., esto es, hechos simples y de fácil comprensión, muy distintos a estafas multimillonarias y otros delitos que son habituales hoy en día, en que se requiere saber examinar peritajes scopométricos, contables, médicos, genéticos, etc.. En segundo lugar, porque ellos eran los 12 más representativos, y no 12 elegidos al azar entre un conglomerado indiscriminado. Lo que lleva a preguntarse si los criterios democráticos para elegir legisladores debería seguirse para resolver causas judiciales.

Uno piensa que la elección democrática de legisladores o presidentes, tiene que ver con que sean representativos de la mayoría de la gente, aunque pretende que la gente al votar trate de buscarle a los candidatos algunas virtudes. En las repubicas italianas, como Florencia en la Edad Media, se probó la idea de elegir los gobernantes por sorteo, aunque no duró mucho tiempo. Nosotros elegimos a los legisladores votando por ellos, y se supone que les buscamos algunas virtudes.
Por otro lado, hay ciertos cargos públicos que requieren cualidades especiales, y no me parece que tenga mucho sentido que se las elija en votaciones democráticas indiscriminadas. Por ejemplo, los jefes de las fuerzas armadas, los jefes de policía, maestros, médicos de hospitales públicos, bomberos, etc., se supone que son elegidos por ciertos estudios y capacidades personales que los autorizan a desarrollar esas actividades. No me parece que en una ciudad se elija por sorteo al maestro, al policía o al médico. Esto tiene que ver con el principio elemental de división del trabajo que hemos seguido desde la Edad de las Cavernas.

Algo parecido creo que debería suceder con los jueces. En la medida en que las causas judiciales -especialmente las penales- se hacen más complejas, y requieren conocimientos especiales sobre distintos tipos de peritajes, y sobre la evaluación de los testimonios, pareciera que es más razonable elejir personas preparadas para ello, antes que elejir a cualquiera en un sorteo.

Dicho esto, estoy de acuerdo que los mecanismos de elección de jueces debe mejorarse sensiblemente, pero si ese mecanismo no es bueno, no creo que la solución sea reemplazarlo por legos elegidos al azar, sino que deberíamos buscar la forma de mejorar la selección de los jueces.

Las ventajas de esta división de tareas ha sido mostrada recurrentemente. Recuerdo ahora el caso del ex presidente italiano Betino Craxi, quien en su juicio por corrupción recurrió a la Corte Europea de Derechos Humanos, sosteniendo que los jueces estaban siendo influidos por los medios de prensa que bombardeaban a la población con notas en contra suyo.
La Corte Europea, en este caso, rechazó el recurso y le dijo a Craxi que, si hubiese sido juzgado por un jurado de legos, probablemente tuviese razón en que ellos podían ser influidos por la prensa, pero tratándose de un tribunal profesional, los jueces estaban preparados para no dejarse influir.

En fin, todo esto se los dice un juez penal. Imagínense que para mí sería mucho más fácil dirigir un debate y que un grupo de legos decida y se haga cargo de su decisión. Sin embargo, estoy convencido de que sobre todo para este tipo de causas, lo más razonable es tener jueces preparados para hacerse cargo de todo lo que implica un proceso de estas características.
Saludos,

R. R.

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